Partiendo de una serie de conceptos referidos a la bancarrota de los Estados, perspectiva tomada del francés Philippe Delmas (1992), el autor confronta los conceptos de áreas sin ley y espacios vacíos sosteniendo que ellos obedecen a dos tipologías diversas de la comprensión de los Estados que serían las de Estados fallidos y Estados débiles. Examinando la bibliografía considera la autonomía de la relación Estados débiles / espacios vacíos respecto del par Estados fallidos / áreas sin ley y los aplica al análisis en América Latina. Bajo el supuesto del autor, las zonas australes de Chile y Argentina se pueden analizar desde el concepto del par Estados débiles / espacios vacíos frente al de Estados fallidos / áreas sin ley. El examen empírico permite postular que los espacios vacíos son espacios conflictivos para la presencia humana, lo que debilita la presencia del Estado, y dado que los recursos de los Estados citados son escasos, se produce una presencia debilitada del aparato fiscal, pero no una ausencia de ley, por lo cual no sería pertinente extender esa tipología al Cono Sur americano como se hace normalmente cuando se analiza la Triple Frontera.
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